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Ayudas para rehabilitar un piso y ponerlo en alquiler PDF Imprimir E-Mail
Los propietarios de pisos que quieran rehabilitarlos y ponerlos en alquiler, siempre que no se hayan acogido ya a ninguna de las ayudas anteriores, podrán optar a las ayudas siguientes:

Ayudas para incluir la vivienda en la Red de Mediación de la Vivienda de alquiler social


Ayudas para incluir un piso en el Programa de cesión de viviendas desocupadas

Docuentación de la solicitud
  • Un fondo de garantía o de caución.
  • 6.000 € si se han realizado obras de adecuación durante los seis meses anteriores.
  • Si Adigsa se hace cargo de las obras, el importe de éstas se descontará del alquiler. Si la vivienda ha permanecido desocupada durante los doce meses anteriores, se concederá una subvención de 6.000 € en concepto de obras.
  • No obstante, y con el fin de recibir las ayudas, la vivienda también deberá cumplir las condiciones siguientes:
    • Deberá tener una superficie máxima de 120 m2.
    • Deberá disponer de cédula de habitabilidad o deberá poder obtenerla.
    • Deberá haber permanecido desocupada durante los doce meses anteriores.
    • Deberá permanecer un mínimo de cinco años en una bolsa de vivienda social.
    • Deberá ponerse en alquiler a un precio inferior al del mercado
    Ayudas para incluir un piso en el Programa de cesión de viviendas desocupadas

    El Programa de cesión de viviendas desocupadas va dirigido a todos los propietarios de viviendas vacías que deseen alquilarlas sin tener que preocuparse de ellas. Para ello pueden cederlas a la Generalitat en usufructo, quien a cambio, les pagará un canon mensual, tanto si la vivienda se alquila como si no.

    Para poder acogerse a esta modalidad de ayuda las viviendas deberán cumplir los requisitos siguientes:
  • Deberán tener una superficie máxima de 120 m2.
  • Deberán disponer de cédula de habitabilidad o deberán poder obtenerla.
  • Deberán haber permanecido desocupadas durante los doce meses anteriores.
  • Deberán ser viviendas libres no protegidas.
  • A cambio, el propietario recibirá las prestaciones siguientes:
  • Un canon o renta mensual que no supere el alquiler máximo establecido. El alquiler máximo de cualquier piso en esta modalidad es de 8 €/m2 con una superficie computable máxima de 70 m2 y un máximo de 560 € mensuales.
  • 6.000 € si se han hecho obras de adecuación en los seis meses anteriores.
  • Si Adigsa se hace cargo de las obras, el importe de éstas menos la subvención de 6.000 € se descontarán del canon mensual.
  • Para beneficiarse de estas ayudas, el propietario deberá mantener la vivienda en alquiler un mínimo de seis años

    A cambio, la Generalitat pondrá estos pisos en alquiler a un precio inferior al del mercado.

    Documentación de la solicitud

    Las páginas web siguientes facilitan en línea la documentación necesaria para presentar las solicitudes:

  • http://mediambient.gencat.net/cat/ciutadans/habitatge/
    impresos_formularis.jsp?ComponentID=36815&SourcePageID=26072#1
  • Web PMHB
  • Tramitación de la solicitud


    Puede obtenerse más información en la oficina siguiente:
  • Oficina de Información del Patronato Municipal de la Vivienda; calle Dr. Aiguader, 26-36
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